
Vecinas y vecinos de Barrio Naón continúan su lucha en defensa de la calidad de vida y la identidad de su barrio. A las movilizaciones y reclamos con la consigna “No a las Torres”, se suma un elaborado proyecto de normas urbanísticas que lo protejan.
El planteo vecinal
Con fecha 11 de septiembre ingresó a la Legislatura una iniciativa surgida de la preocupación de vecinas y vecinos, que organizados y representados por el colectivo “Vecinos del Barrio Naón”, solicitan readecuar la normativa urbanística vigente, la que consideran que “constituye un riesgo tanto para sus características identitarias, como para la calidad de vida de todos sus habitantes”.
Entre los factores de mayor preocupación vecinal se encuentran: la edificación en altura que altera la escala urbana y las condiciones de habitabilidad; la heterogeneidad morfológica; la distorsión de los valores del suelo; la renovación urbana con sustitución de tejido patrimonial o identitario; la intensiva ocupación del suelo; flexibilización de los usos, que altera el carácter residencial del barrio; el impacto sobre la infraestructura de servicios; el riesgo para el patrimonio histórico y cultural y la destrucción de su identidad; los mecanismos de excepcionalidad (convenios urbanísticos, interpretaciones, distritos económicos, etc.) sobre los predios estatales (Vialidad Nacional y Flota automotor) ; el aumento del déficit de espacios verdes y estacionamientos, la congestión vehicular y la pérdida de capacidad ambiental del espacio público; la ausencia de marcos regulatorios que complementen la norma urbana y prioricen la dimensión pública (Código Ambiental – Código de Espacio Público y Paisaje Urbano) y el proceso de especulación inmobiliaria.
La propuesta normativa elaborada, avalada por un gran número de firmas, reconoce y diferencia dos sectores particulares:
Sector A- Barrio Naón (eje de la Av. Emilio Castro, Carhué, Ercilla, Diego de Olavarrieta, Pizarro, Guaminí, Severo García Grande Zequeira, José León Suarez, Av. Juan. B. Alberdi, Av. General Paz, hasta el eje de la Av. Emilio Castro) y
Sector B- Entorno Barrio Naón (eje de la Av. Emilio Castro, Av. Lisandro de la Torre, Av. Juan. B. Alberdi, José León Suarez, Severo García Grande Zequeira, Cosquín, Ulrico Schmidl, Cañada de Gómez, hasta el eje de la Av. Emilio Castro).
Dentro del primero, se diferencia a la manzana delimitada por las calles Ercilla, Gral. Paz, Saladillo y Av. Emilio Castro, donde se encuentran los inmuebles de Vialidad Nacional y Flota Automotor de la Ciudad, para el que se pide la elaboración de un Plan de Detalle, según Título 10 del Código Urbanístico.
Los cambios de normativa y su impacto en el barrio
Barrio Naón es un sector residencial de casas bajas, en Mataderos, ubicado entre las avenidas General Paz, Emilio Castro y Juan Bautista Alberdi, cuyo trazado define manzanas rectangulares, con lotes pequeños, en las que predominan viviendas tipo chalets propias de los años 40 y 50, a las que se suman grandes casas de los años ochenta y noventa, con retiros ocupados por jardines y un tratamiento del espacio público que configura un paisaje de calidad urbanística y ambiental. Desde la década del 70, el Código de Planeamiento Urbano afectaba a este sector a la zonificación RIB1, uso residencial y de densidad media-baja con altura limitada, que respetaba y resguardaba estas características.

En el año 2017, diversas iniciativas oficiales, motivadas por la presencia de los grandes predios de Vialidad Nacional y Flota Automotor de la Ciudad, a los que se intentaba valorizar para facilitar su enajenación, promovieron una rezonificación de esos inmuebles frentistas a la Av. Gral Paz que propiciaba usos comerciales y edificación de torres, lo que generó malestar y movilización de los vecinos. A raíz de aquel descontento, el Poder Ejecutivo propuso una versión alternativa con altura algo más reducida, que tampoco logró la conformidad del barrio y posibilitó que las iniciativas quedaran en suspenso.
En el año 2018, la Ley que instituyó el Código Urbanístico, formalizó esta última propuesta normativa oficial, asignándole al predio condiciones de edificabilidad correspondientes a un Corredor Alto.
En el año 2024, en un contexto de reclamos vecinales en distintos barrios de la Ciudad, la Ley 6776 modificó el Código Urbanístico, asignándole a las parcelas de esa manzana frentistas a las calles Saladillo y Ercilla, condiciones de edificabilidad correspondientes a Unidad de Sustentabilidad Baja O (Altura 9m). Sin embargo, sigue vigente la posibilidad de construcción de torres de gran altura a partir de la aprobación de planos previa a este último cambio de normativa.
Esta situación motivó la presentación, en junio de 2025, de una petición a los organismos competentes del Gobierno de la Ciudad, solicitando que se dicten normas urbanísticas especiales para la manzana delimitada por las calles Ercilla, Gral. Paz, Saladillo y Av. Emilio Castro, según el Artículo 10.5 Plan de Detalle, del Título 10 del Código Urbanístico. Este pedido fue acompañado por un proyecto de Declaración presentado por la Legisladora Claudia Neira ante la Legislatura de la Ciudad.
“Con el desarrollo y ejecución de las obras aprobadas, generarían múltiples impactos negativos en el entorno; además de conformar una manzana de morfología heterogénea (rasgo contrario a los preceptos del Código Urbanístico y el PUA), en beneficio de algunos pocos actores y productos que han logrado anticiparse a los cambios normativos”, dicen vecinas y vecinos en su presentación.
La propuesta normativa impulsada por los vecinos
Este mes el colectivo “Vecinos de Barrio Naón” presentó en la Legislatura su proyecto de readecuación de la normativa urbanística vigente, en la que definen propuestas específicas para el Sector Sector A- Barrio Naón, para el Sector B- Entorno Barrio Naón y para la manzana donde se encuentran los predios de Vialidad Nacional y Flota Automotor de la Ciudad.

Para el Sector A- Barrio Naón, proponen la incorporación del Distrito Urbanización Determinada U90 al Código Urbanístico. Las Urbanizaciones determinadas son un tipo de zonificación que reconocen las características, el origen e historia común y los rasgos identitarios de sectores como Los Perales en Mataderos, las Mil Casitas o el Barrio Kennedy en Liniers o el Barrio Alvear y Cildañez en Parque Avellaneda.
En este caso el U90 Barrio Naón sería una zona destinada a la vivienda individual, con altura máxima de 9.00 y retiros de frente de 3.00m, salvo en las frentistas a Gral. Paz donde se permitiría vivienda colectiva y altura de 12.00 metros. Además se busca conformar un centro libre de manzana con suelo absorbente. También incluye disposiciones sobre el espacio público (aceras, forestación, iluminación, mobiliario, toldos, etc.) e indica que “deberá desarrollarse un proyecto integral del espacio público que aborde el tratamiento paisajístico del barrio”.
Sector B- Entorno Barrio Naón, propone la aplicación de distritos del Código Urbanístico denominados Unidades de sustentabilidad que no permitan la edificación en altura, con mayores densidades y mixtura de usos en los sectores cercanos a Av. Lisandro de la Torre y Av. Juan Bautista Alberdi.
Respecto a la manzana delimitada por las calles Ercilla, Gral. Paz, Saladillo y Av. Emilio Castro se propone que en el marco del Plan de Detalle “se elaboren y aprueben normas especiales que permitan mitigar y revertir los impactos negativos asociados a la normativa urbanística vigente”. Dicho Plan debe contemplar los siguientes lineamientos: Respetar los planos límites (alturas) y la escala del entorno, Admitir el completamiento de tejido o edificabilidad en las parcelas de ancho menor a 10m, frentistas a la calle Ercilla (entre Gral. Paz y Saladillo) y Saladillo (entre Ercilla y Av. Emilio Castro) y Disponer la apertura y afectación a vía pública de calle Acasusso entre Av. Gral. Paz y Saladillo.
En las grandes parcelas de dominio público de dicha manzana que corresponden a los inmuebles de Vialidad Nacional y Flota Automotor de la Ciudad, vecinas y vecinos proponen que en tanto no se apruebe el Plan de Detalle, la normativa urbanística de las parcelas refleje su uso y carácter actual, asimilables a la figura EE – Equipamiento Especial del Código Urbanístico.
Respecto a la situación de las parcelas con planos aprobados con la normativa anterior que permitía edificación en altura se plantea el conflicto entre la voluntad de los vecinos orientada a que no se construyan y los derechos adquiridos por sus propietarios. La propuesta vecinal es la aplicación de mecanismos de gestión y/o compensación para las partes afectadas.

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