Audiencia Pública, descentralización y democracia participativa

La Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires convoca a Audiencia Pública para tratar la categorización como “Estación intermedia de ómnibus de media y larga distancia” de Parada Liniers S.A. y para considerar la evaluación de impacto ambiental correspondiente. El Consejo Consultivo de la Comuna 9 Lisandro de la Torre ha expresado su desagrado por la falta de información y participación del Gobierno Comunal en este tipo de decisiones que afectan a su territorio. Mientras tanto, vecinas y vecinos manifiestan su desacuerdo con su localización en pleno centro del barrio de Liniers.

Parada Liniers está ubicada desde hace 30 años en el predio delimitado por Ventura Bosch, Ibarrola, Av. Gral. Paz y José León Suárez, a dos cuadras del Centro comercial de la Avenida Rivadavia y la Estación Liniers. Allí operan numerosas empresas de micros de larga distancia a provincias argentinas y países limítrofes. Es utilizada principalmente por público de los barrios del oeste y sudoeste de la Ciudad y de un amplio sector del área metropolitana en provincia de Buenos Aires.

Se inició como un punto de venta de pasajes, pero luego sumó el servicio de transporte, encomienda y paquetería. Alberga boleterías de las principales empresas de transporte y posee 12 dársenas para el estacionamiento de colectivos, ascenso y descenso de pasajeros.

Ahora, a través de la Subsecretaría de Vinculación Ciudadana, el Presidente de la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad convoca a Audiencia Pública el análisis del proyecto de Categorización de Parada Liniers como Estación intermedia de ómnibus de media y larga (Expediente Nº 42977018-GCABA-DGEVA/25), que se desarrollará el lunes 30 de marzo de 2026, a partir de las 12:30 horas, en modalidad virtual, con acceso para oradores inscriptos. El acceso público online para la transmisión y difusión al público en general podrá ser consultado en la página web https://buenosaires.gob.ar/gobierno/atencion-ciudadana/herramientasparticipativas/audiencias-publicas. Los participantes que no cuenten con acceso a medios virtuales podrán asistir presencialmente a la Sede Comunal, Timoteo Gordillo 2212, donde se dispondrá una terminal para realizar su exposición. Inscripción y consulta del expediente: e-mail: audienciaspublicas@buenosaires.gob.ar –o al teléfono: 1153268471, desde el jueves 26 de febrero hasta el viernes 20 de marzo de 2026 inclusive, en el horario de 11 a 16 horas.

El proyecto en evaluación se refiere a la ampliación del sector de espera y recepción de pasajeros, sumando más de mil metros cuadrados a la superficie ocupada actualmente y la reorganización de las actividades reafirmando su carácter de “estación intermedia de transporte de media y larga distancia”. Esta ampliación y reordenamiento es visto como la posibilidad de acrecentamiento del impacto ambiental de esta terminal de micros de media y larga distancia, cuyo emplazamiento en Liniers ha sido cuestionado insistentemente por vecinas y vecinos que denuncian incumplimiento de las normas que rigen para este tipo de actividad, funcionamiento sin habilitación pertinente durante varios años, fuerte impacto por la circulación de vehículos de gran porte en calles de ancho reducido, congestión de tránsito, polución y contaminación ambiental, falta de higiene y seguridad en la vía pública y falta de controles, entre otras

Sobre esta convocatoria el Consejo Consultivo Comuna 9, Lisandro de la Torre ha difundido un comunicado que expresa: “Marzo 2026. El Consejo Consultivo Comunal 9 a la Opinión Pública. Por expediente 42977018-GCABA-DGEVA/25, el presidente de la Agencia de Protección Ambiental convocó a Audiencia Pública (Resolucion 39-GCABA-APRA/26) para el 30 del corriente, a fin de tratar el Proyecto de Categorización de la Estación de Ómnibus vulgarmente conocida como Parada Liniers. Los Consejos Consultivos son reconocidos en la ley 1777/05 Ley de Comunas, como Organismos Consultivos Honorarios de Participación Popular, conforme al artículo 131 de la Constitución de CABA. Sin embargo, y reincidentemente, el Ejecutivo no participó de esta información al Consejo Comunal 9. Por lo tanto e independientemente de participar en forma individual como vecinos, de la Audiencia convocada, el C.C.C.9 LISANDRO DE LA TORRE, quienes lo integramos en Asambleas queremos expresar públicamente el desagrado por haber sido excluido como órgano vecinal, y exigimos a las autoridades correspondientes ser tenidos en cuenta, cuando se traten temas que afectan el interés de quienes viven y trabajan en esta Comuna. Sólo así el Ejecutivo estará cumpliendo con la ley vigente.”

La Ley de Comunas (1777) establece la división de la Ciudad en quince unidades territoriales administrativas y políticas. Éste es un sistema de gestión, administración y control basado en la Democracia Participativa creado para que los ciudadanos tengan una mayor incidencia en el manejo de los recursos y en la decisión de las prioridades y necesidades del barrio. Su gobierno es ejercido por la Junta Comunal, integrada por siete miembros de diferentes partidos políticos y cuenta con un Consejo Consultivo integrado por representantes de entidades vecinales, partidos políticos, redes y otras formas de organización.

En esta ocasión, una vez más, el ejecutivo ha desconocido a los principios e instituciones de la democracia participativa limitando el rol de la comuna al uso de sus dependencias administrativas.

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