
El 23 de noviembre de 2006 la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires votó la Ley 2151 que instituye el día 3 de marzo como “Día del Barrio de Parque Avellaneda”, oportunamente impulsada por la Junta de Estudios Históricos del Barrio ante la Comisión de Cultura del Cuerpo Legislativo.
Esa fecha corresponde a la fundación de la «Hermandad de la Santa Caridad de Nuestro Señor Jesucristo». Su «Asilo para Niñas Huérfanas», inaugurado en 1755, constituye una de las obras más reconocidas de la entidad y una de las primeras construcciones en la zona.
Al desaparecer la Hermandad, en 1882, el predio fue cedido a la Sociedad de Beneficencia y cuatro años más tarde, pasó a ser de carácter público. El Pueblo de San José de Flores –sitio donde se hallaban los terrenos- no había sido anexado a la Ciudad de Buenos Aires..
Por su parte, en 1828, Domingo Olivera y Clemente Miranda adquirieron, en un remate, las tierras donde construyeron su residencia familiar, conocida más adelante como Chacra de los Remedios.
En 1888 San José de Flores quedaría incorporado a la ciudad y en 1912, este extenso terreno privado volvió a pasar a manos del Estado, con la finalidad de ser convertido en un importante espacio verde. Nace así el actual Parque Avellaneda que se inaugura en 1914.
Entre 1920 y 1930 se urbaniza la zona. Crece alrededor del parque un barrio que creció con el aporte de inmigrantes que buscaban lotes económicos para sus viviendas. Este proceso fue acompañado por la traza de calles y avenidas por parte de la Municipalidad”. En 1972, la Ordenanza 26.607, crea el “Barrio Parque Avellaneda”.
En 1996 se firma un acuerdo entre los vecinos y el Gobierno de la Ciudad para formular un Plan de Manejo del Parque, y en 2003 la Legislatura vota la ley que declara al Parque Avellaneda como una unidad ambiental y de gestión –que incluye los Viveros, el Polideportivo y la Casa de la Reconquista- y ratifica el Plan de Manejo y la Mesa de Trabajo y Consenso.
Además de la ya mencionada Ley 1153 de planificación y gestión participativa, se encuentra comprendido por la Ley 3042 que lo incluye dentro del Área de Protección Histórica APH 45, y lo define como “un espacio público a escala urbana con alto valor urbanístico-ambiental, arquitectónico e histórico”.
