
Este año se cumplieron 45 años de un hecho muy importante en la historia nuestra Comuna: en el marco de la resistencia de los barrios populares a la política de erradicación de la dictadura militar, un fallo judicial permitió que Villa Cildañez no fuera desalojada y demolida por las topadoras de Cacciatore.
Con fecha 2 de diciembre de 1980, el Juez, Dr. Calatayud, dictó la medida cautelar de “no innovar” a favor de las familias de Villa Cildañez que demandaron a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires. La vía judicial fue una de las estrategias de lucha y resistencia en defensa al derecho a la vivienda digna. En la práctica esto implicaba que habían conseguido frenar el operativo de erradicación enmarcado en las políticas represivas la dictadura.
Los protagonistas del golpe militar que en 1976 derrocó al gobierno constitucional, y que se denominaron a sí mismos Proceso de Reorganización Nacional, llevaron adelante políticas económicas orientadas a la valorización financiera, poniendo fin a casi medio siglo de políticas dirigidas al desarrollo industrial. Ese período, que se extendió entre 1976 y 1983, se caracterizó por niveles de violencia ejercida desde el estado.
El estado decidió entonces reservar la ciudad para los sectores de mayores ingresos, sumando a la erradicación de villas otras medidas como la desregulación del mercado inmobiliario.
En 1977, fue sancionada la ordenanza N° 33.652, de “Erradicación de villas de Emergencia”, que facultaba a la Comisión Municipal de la Vivienda a desalojar a “llamadas villas de emergencia y también de todo otro asentamiento poblacional precario o transitorio”, como asimismo “impedir la formación o crecimiento de los mismos”
Según datos de la Dirección de Estadísticas y Censos de la Municipalidad hacia 1976 había 213.823 habitantes en las villas de la ciudad, mientras que en 1983, eran 12.593. Es decir que más de 200.000 personas fueron desalojadas del territorio porteño.
Quienes vivieron ese momento recuerdan la demolición forzosa de las viviendas y el traslado de los habitantes fuera de la ciudad, “cruzando la General Paz”. Esto solía suceder durante la madrugada y, en muchos casos, usando camiones recolectores de basura con los que “volcaban” a los pobladores fuera del perímetro urbano.
Pero algunos pudieron permanecer en sus barrios. El movimiento conocido como la Coordinadora de Sobrevivientes de Villas de Emergencia agrupó a los dirigentes en una estrategia común: eliminar, mediante una serie de juicios, la amenaza del desalojo.
Los dirigentes de la Villa 31 y sus abogados, iniciaron este proceso invocando a la propia ordenanza 33.652, que establecía que junto con la erradicación debían crearse las condiciones para que las familias accedieran a una vivienda decorosa. La primera presentación, en un juzgado civil, fue rechazada.
El caso se volvió a presentar en la Cámara de Apelaciones, donde se ordenó la resolución de “No Innovar”, en Noviembre de 1979. Esta resolución implicaba que los funcionarios no podrían desalojar a los pobladores hasta que se resolviera el conflicto de fondo. La estrategia fue replicada por la Villa del Bajo Flores, Villa “Cildañez”, “Ciudad Oculta” y la Villa de Barracas, con el mismo resultado.
