Audiencia pública sobre la cesión de predio a Deportivo Español

El 7 de octubre, en el Salón Presidente Alfonsín de la Legislatura, y en el marco de la Ley N° 6, se realizó la audiencia pública para el tratamiento del proyecto que otorga a la Asociación Civil “Club Social Deportivo y Cultural Español de la República Argentina” permiso de uso a título precario, por el término de cien años, de un predio en el barrio de Parque Avellaneda para ser destinado a la práctica de actividades deportivas, sociales, culturales, y comunitarias

El expediente, de autoría de la diputada María Sol Méndez y coautoría de los diputados Sebastián Nagata y María Graciela Ocaña, obtuvo aprobación inicial el pasado 3 de julio en el recinto de sesiones.

Se trata de los inmuebles delimitados por la Av. Santiago de Compostela, la Av. Asturias, la Av. Castañares y la prolongación virtual del eje de la calle Fernández, con ingreso por Av. Santiago de Compostela 3873, cuya nomenclatura catastral es Lote 1) Circunscripción 1, Sección 56, Manzana 63A, Fracción I, Matrícula 1-92228 y Lote 2) Circunscripción 1, Sección 56, Manzana 63A, Fracción G, Matrícula 1-92227.

La Audiencia fue presidida por la presidenta de la Comisión de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria, diputada Paola Michielotto, acompañada por el vicepresidente primero de la Legislatura, Matías López, y los diputados Claudia Neira, María Sol Méndez, Maia Daer, Sebastián Nagata, Pablo Alejandro Donati, Juan Pablo Modarelli, Matías Barroetaveña, María Luisa González Estevarena, Sergio Hernán Siciliano y Edgardo Néstor Alifraco.

Participaron vecinas y vecinos, socios, hinchas del club y docentes, quienes expresaron su opinión sobre el uso que la institución deportiva y social proyecta para el predio.

La Ley establece que esta institución destinará el predio a la práctica de actividades deportivas, sociales, culturales, y comunitarias ateniéndose a lo regulado por sus estatutos y no podrá modificar el destino asignado, ni ceder y/o transferir, total o parcialmente, a título gratuito u oneroso, el permiso, siendo en tal caso causal suficiente para declarar la caducidad del permiso.

Además, define las obligaciones del club en lo que respecta al cumplimiento de las normas vigentes sobre las mejoras o construcciones que realice (las que quedarán incorporadas al dominio de la CABA a la extinción del permiso) así como a la conservación e higiene del predio.

Asimismo, señala que quedarán a su cargo el pago de tasas, impuestos y las tarifas de los servicios públicos, y seguros y que no podrá instalar en el predio, nombres, carteles, afiches, inscripciones, símbolos, emblemas, logotipos o isotipos, ni ninguna denominación análoga o asimilables a la que utilizan los partidos políticos.

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